Tal y como os informamos el pasado jueves, hoy mismo UGT y CC.OO., mientras otros silban viendo subir y bajar la marea, hemos registrado escrito argumentando nuestra oposición a la transformación de nuestra Sociedad Estatal en APIE, y tal y como os informamos, una vez dado este paso, lo haríamos público. Este es el Texto:
Sr. Presidente de la Autoridad Portuaria de Santander
Santander, 14 de septiembre de 2009.
Ante la transformación de la Sociedad Estatal de Estiba y Desestiba de Santander en Agrupación Portuaria de Interés Económico (APIE), mediante su privatización, le comunicamos lo siguiente:
Las Secciones Sindicales de CC.OO y UGT, que contamos con la mayoría del Comité de Empresa de Sestisan, nos mostramos contrarios a privatizar nuestra Sociedad de Estiba, actualmente con el 51% de mayoría pública. Es inadmisible la privatización del 100% de la Sociedad de Estiba ya que tiene efectos perjudiciales para los trabajadores portuarios.
Que la oposición de los trabajadores a la Ley 48/2003 del Partido Popular es debido al cambio de servicio público que sustituye por servicio portuario básico de carga, descarga, estiba, desestiba y transbordo de mercancías, y el cambio de sociedades de estiba públicas por sociedades de estiba privadas 100%.
Que nuestra posición es inalterable, que las APIE corren el riesgo de su desaparición, si tenemos en cuenta la posibilidad de que sean declaradas inconstitucionales por el Tribunal Constitucional, poniéndose en entredicho la exclusividad del trabajo de estiba reconocido hoy a los estibadores.
Con ello entraríamos en un vacío legal de indefensión de los trabajadores.
Que conviene recordar que el Parlamento Europeo está haciendo referencia y enfocando a las patronales laborales que los censos de estibadores, más concretamente el sistema de pool de trabajadores, violan las disposiciones del Tratado de la Unión Europea, puesto que constituyen monopolios. Ello sitúa a los trabajadores en una situación de incertidumbre.
Que en Santander la Sociedad Estatal de Estiba es la que tiene margen estable si se mantiene la mayoría pública que garantice los censos laborales, la exclusividad del trabajo portuario y la profesión de estibador. Esta singularidad está garantizada por ley en el R.D.L. 2/86 de 23 de mayo, hoy en vigor.
Consideramos que la APIE no garantizará estas peculiaridades del trabajo portuario si presupone por el Tribunal Constitucional un “monopolio privado” en el sector de la estiba, corre el riesgo de desaparecer la exclusividad del trabajo portuario encomendado a los trabajadores portuarios.
Además tenemos previsto realizar en breves fechas asambleas informativas con los trabajadores, con la previsible consecuencia, tras lo anteriormente expuesto, de que se puedan adoptar algún tipo de medidas de presión que en ningún modo deseamos.
Por todo ello SOLICITAMOS:
Que como consecuencia de lo anteriormente expuesto se aplace el cambio de transformación de la Sociedad de Estiba de Santander y esperar a la previsible modificación de la Ley 48/2003 anunciada por el Gobierno de España, todo ello en beneficio de conjugar los mecanismos necesarios de participación pública en la Sociedad de Estiba de Santander, al mantenimiento del servicio público y la profesión del estibador, es decir, reglas públicas existentes beneficiosas para los trabajadores portuarios.
Sin más a la espera de su contestación, reciba un cordial saludo.