12 diciembre, 2014

Primeras reacciones a la Sentencia de Luxemburgo condenando al estado español y obligandole a modificar su modelo de Estiba.

Efectivamente, se van conociendo las primeras reacciones y comunicados respecto al particular. Las dos opiniones de  las que damos traslado han sido publicadas por REVISTA PUERTOS Y NAVIERAS. No podemos evitar realizar el siguiente comentario:
Por muy ultraliberal incendiario que se sea, ha de mantenerse mayor equilibrio y mostrar menos emociones, filias y fobias si se trata de tener cierto prestigio en el mundo de la información. Cuando muestras demasiado tus deseos es fácil que te traicione la objetividad, pierdas rigor y por tanto faltes a la verdad y al principio de informar.
Lo decimos por el titular del artículo que firma el propio editor de este medio, en el cual se recoge una MENTIRA FLAGRANTE, al afirmar que "desde ayer a nadie se le puede obligar a contratar de una SAGEP". Hombre, si se refiere a Aerolíneas Federales o a Saldos Arias, estamos de acuerdo. En la Estiba, en España, y tanto en cuanto no se modifique la actual Ley, va a ser que no.
Por cierto, y en honor a la verdad y al rigor, nos gustaría que el citado editor nos dijera donde en el texto de la sentencia se encuentra la, -tan insistentemente anunciada por él y por su estibador de cabecera titulado en la Universidad de Finlándia-, clausula que iba a eliminar los requisitos y titulaciones exigibles para ser estibador en el Reino de España.

 Damos traslado, aquí, por tanto, de las opiniones de Anesco y de Coordinadora. En el fondo opinan lo mismo, con los lógicos matices diferenciadores de que unas las realizan empresarios y las otras sindicalistas. Ahora falta saber lo que opina la tercera pata del banco, o lo que es lo mismo, el amigo LLorca.

Además de estas reacciones, en otros medios de comunicación se pueden leer las que han realizado tanto CC.OO., como el Frente Portuario. Oye, que si no las reproducimos no es por nada en concreto, sólo por que hemos cambiado de siglo. Con las manifestaciones la primera de estas dos organizaciones estamos, no obstante, de acuerdo en algún aspecto, y es el la necesidad de eliminar de una vez por todas las indeseables referencias a la obligación de contratar personal de RLC en función de unos porcentajes de actividad. Algo que tenemos la impersión de que es inncecesario y que, además, no se cumple. Pero ahora a ver como se lo explicas a un burocrata que probablemente no conozca un puerto ni por google-maps.


Anesco cree que la sentencia lleva a la "reforma urgente", y a un diálogo para evitar dos modelos diferentes.

La Asociación Nacional de Empresas Estibadoras y Consignatarias de Buques (ANESCO), lanza el guante a Puertos del Estado y Coordinadora para una reforma que cree urgente del modelo, a un diálogo y a evitar que los nuevos operadores puedan operar sin Sageps.


La Asociación Nacional de Empresas Estibadoras y Consignatarias de Buques (ANESCO) ha explicado en un comunicado de prensa que el cumplimiento del contenido de la Sentencia deberá impulsar la evolución de nuestro sistema portuario y mejorar la competitividad de la Economía Española.

El Tribunal Europeo de Justicia en Luxemburgo ha dictaminado que la legislación laboral portuaria en España incumple con El Tratado de la Fundación de la Unión Europea.

En la Sentencia El Tribunal declara que “el Reino de España ha incumplido las obligaciones del artículo 49 TFUE, al imponer a las empresas de otros Estados miembros que deseen desarrollar la actividad de manipulación de mercancías en los puertos españoles de interés general tanto la obligación  de inscribirse en una SAGEP y en su caso de participar en el capital de esta, por un lado, como la obligación de contratar con carácter prioritario a trabajadores puestos a disposición por dichas S.A., y a un mínimo de tales trabajadores sobre una base permanente, por otro lado.”

En una primera reacción de ANESCO – “Asociación Nacional de Empresas Estibadoras y Consignatarias de Buques”, se considera  que no es una buena noticia que el Tribunal declare que la legislación española entre en conflicto con la normativa comunitaria. El cumplimiento de la sentencia deberá armonizar el Sistema Portuario Español con la normativa de la Unión Europea, una oportunidad de armonizar  las condiciones ya existentes en otros puertos Europeos.

ANESCO cree que la publicación de la Sentencia lleva a todos los agentes sociales y administraciones públicas a acordar la reforma urgente de la normativa sectorial a fin de potenciar la competitividad de nuestros puertos y dinamizar la economía española en su conjunto.

Una invitación al diálogo con el objetivo de la implementación de la sentencia
De acuerdo con ANESCO la sentencia de la UE debe ser entendida como una invitación a todos los grupos de interés para incorporarse a un diálogo serio en relación a las medidas de la reforma.

La sentencia debe impulsar la evolución del modelo portuario en colaboración con el Gobierno, los sindicatos y la Comisión Europea.

Por ello ANESCO considera  imprescindible iniciar desde  ya un diálogo con el Gobierno y los interlocutores sociales para hacer frente a esta nueva situación y conjuntamente encontrar las mejores soluciones que cumplan los requisitos definidos por Europa, y que a la vez facilite la evolución de nuestro sistema portuario  como uno de los puntales de la recuperación económica de nuestro país, considerando que las posibles modificaciones legales
en ningún caso pueden crear dos marcos legislativos en el que cohabiten dos condiciones diferentes para los actuales y nuevos operadores.


 Coordinadora considera una "agresión inaceptable" la sentencia de la estiba.

Pretende convertir contratos fijos en temporales.


El sindicato de estibadores insta al Ministerio de Fomento a que agote los recursos legalmente procedentes en la defensa del modelo portuario español
  
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dictada con fecha de 11 de diciembre de 2014, adolece de defectos esenciales y, por ello, Coordinadora solicitará al Ministerio de Fomento que agote los recursos legalmente procedentes en la defensa del modelo portuario español.

Entre otras alegaciones, para fallar en contra de España, el Tribunal expone que para garantizar los legítimos derechos de la legislación española, entre ellos la protección de los derechos de los trabajadores y la garantía de servicio público en los puertos, hay modos alternativos a las Sagep, que, por otro lado, tan buen resultado para la maltrecha economía española están dando.

El TJUE propone, entre esos modos alternativos, que sean las propias empresas estibadoras las que gestionen las “oficinas de empleo”, que han de suministrar la mano de obra y organizar la formación de los trabajadores, o que se cree una “reserva de trabajadores” gestionada por empresas privadas, como agencias de trabajo temporal. Es precisamente en estas propuestas  donde se observa un criterio político que rompe el derecho a la estabilidad en el empleo de los trabajadores portuarios y hace afirmar a la más representativa organización de estibadores portuarios, Coordinadora, que la sentencia tiene errores esenciales; pues pasa por alto cuestiones tan determinantes como que: las Sociedades Anónimas de Gestión de los Estibadores Portuarios son empresas privadas gestionadas directamente por las propias empresas estibadoras; que los trabajadores portuarios tienen un contrato de trabajo fijo con la Sagep de cada puerto y que los socios de la Sagep, que son las empresas estibadoras, utilizan el personal contratado por la misma para la realización de su propia actividad, ocupando -sin imposición alguna por parte de la ley, al contrario de lo que expone la sentencia- el  número de trabajadores y la cualificación profesional que precisan para cada actividad.

Así, Coordinadora considera que la sentencia constituye una agresión inaceptable contra la estabilidad en el empleo de los estibadores portuarios españoles, al pretender convertir los contratos indefinidos con el conjunto de las empresas agrupadas en las Sagep de cada puerto en desempleados gestionados por empresas de trabajo temporal. Esa misma pretensión dio origen a un periodo de enorme incertidumbre empresarial y conflictividad laboral, que desestabilizó durante años el sistema portuario español.

Coordinadora, procederá a convocar a su organización internacional (IDC) para dar una respuesta en el ámbito europeo a la actuación de la Comisión que, a través del mismo método, pretende modificar el régimen de la estiba en Bélgica y Alemania.
Del mismo modo, solicitará la apertura de una mesa de análisis con el Ministerio de Fomento y con la patronal Anesco, a fin de buscar fórmulas que estabilicen el sistema portuario, con garantía de estabilidad en el empleo.

El próximo día 17 de diciembre la organización de trabajadores ha convocado una reunión con los representantes de los puertos de todas las zonas de España para definir acciones orientadas a la defensa de los empleos y de las condiciones de trabajo del sector.